El Supremo condena al Ivima por construcción ilegal

El Supremo condena al Ivima por construcción ilegal
La sentencia confirma la denuncia del Colegio de Arquitectos
RAFAEL FRAGUAS / JESÚS SÉRVULO
Fuente: ELPAIS.com

Mil viviendas públicas ya construidas por la Comunidad de Madrid en cinco enclaves de la región fueron edificadas tras la convocatoria de un concurso ilegal en 2004 por el Instituto de la Vivienda de Madrid (Ivima), dependiente de la Consejería de Vivienda del Gobierno regional. Así lo denunció en su día el Colegio de Arquitectos y así lo confirmó ayer una sentencia del Tribunal Supremo. En las viviendas, situadas en La Ventilla (Tetuán), Arroyo Culebro (Leganés), el Ensanche de Vallecas, Valdemoro y Navalcarnero viven unas 5.000 personas.

Formalmente, la sentencia del Supremo podría acarrear la demolición de las viviendas y la convocatoria de un nuevo concurso en regla, pero fuentes jurídicas destacan que, para ello, «habría que acudir a un incidente de ejecución de sentencia que no parece que las partes interesadas contemplen», informa Julio M. Lázaro. La eventual demolición y la consiguiente reconstrucción dañarían a quienes ya habitan las casas, extremo que la justicia y ambas partes tratan de eludir.

El alto tribunal rechazó el recurso de casación interpuesto por el Ivima contra una primera sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid emitida el 5 de octubre de 2006 a instancias del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM). Su decano, por entonces Ricardo Aroca, invocaba argumentos jurídicos y éticos contra la forma en que el instituto regional había convocado el concurso para tal construcción. «Solapar el proyecto arquitectónico y el de obra, tal como hizo el Ivima, era una medida disparatada», subraya Aroca. «Por más que discutimos entonces que íbamos a recurrirla se nos dijo desde el Gobierno regional: ‘Mientras el Supremo decide, acabamos de construir las viviendas». Y añade Aroca: «Eso debería llevar aparejado que la gente que tomó aquella decisión ilegal quedara apartada de cargos públicos».

La norma que obliga a separar ambos proyectos, de obra y arquitectónico, obedece a la necesidad de mantener la independencia creativa del arquitecto, su autonomía ejecutiva y la calidad de la edificación frente a eventuales prácticas de mera optimización económica en las que podría incurrir la entidad constructora. Un portavoz de la Consejería de Vivienda señaló: «Desde el año 2006, los procedimientos empleados anteriormente, que solapaban el proyecto de obra y el arquitectónico, ya no se realizan de aquella forma, sino conforme a la norma que la ley establece».

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